Ayudas para pagar el alquiler de la vivienda
¿Quieres solicitarla? Se pide cumplir estos 9 requisitos:
- Tener residencia legal en Cataluña.
- La unidad de convivencia debe tener unos ingresos suficientes para poder pagar, marcados por el IRPF, que nunca podrán ser superiores a 2,8 veces este.
- Ser titular del contrato de alquiler de la vivienda y que éste sea su domicilio habitual y permanente, además deberá estar empadronado en el mismo.
- El alquiler mensual de la vivienda no podrá superar a:
Demarcación de Barcelona: 600 euros.
Demarcación de Gerona i Tarragona: 450 euros.
Demarcación de Lérida: 400 euros.
Tierras del Ebro: 350 euros.
- Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
- Tener al corriente el pago de las rendas de alquiler en el momento de presentar la solicitud.
- Pagar el alquiler mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso bancario o pago directo al Administrador. No se aceptaran pagos en metálico directamente al propietario del piso.
- No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Cataluña y las obligaciones con la Seguridad Social.