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Ayudas para pagar el alquiler de la vivienda

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¿Quieres solicitarla? Se pide cumplir estos 9 requisitos:

  1. Tener residencia legal en Cataluña.
  2. La unidad de convivencia debe tener unos ingresos suficientes para poder pagar, marcados por el IRPF, que nunca podrán ser superiores a 2,8 veces este.
  3. Ser titular del contrato de alquiler de la vivienda y que éste sea su domicilio habitual y permanente, además deberá estar empadronado en el mismo.
  4. El alquiler mensual de la vivienda no podrá superar a:
    1. Demarcación de Barcelona: 600 euros.

    2. Demarcación de Gerona i Tarragona: 450 euros.

    3. Demarcación de Lérida: 400 euros.

    4. Tierras del Ebro: 350 euros.

  5. Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
  6. Tener al corriente el pago de las rendas de alquiler en el momento de presentar la solicitud.
  7. Pagar el alquiler mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso bancario o pago directo al Administrador. No se aceptaran pagos en metálico directamente al propietario del piso.
  8. No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  9. Cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Cataluña y las obligaciones con la Seguridad Social.

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